Se pretende con la guía del proceso edificatorio, informar al promotor / propietario de obras, cuales son las acciones a realizar en un orden más o menos cronológico, haciendo referencia a la legislación que rige cada actuación.
FASE PREVIA
1. Disponibilidad de solar o finca urbana
Será necesario acreditar la propiedad del solar o finca mediante la escritura de compra-venta
y registro de la propiedad.
Solicitara información en el registro de la propiedad sobre el estado del solar o finca con
respecto a cargas, gravámenes y / o servidumbres.
Consultar la clasificación urbanística del solar en el Ayuntamiento.
Contrato de compra-venta en caso en que sea de nueva adquisición.
Escritura.
Inscripción en el registro de la propiedad.
2. Contratación de proyecto básico
Realizar un estudio de las necesidades que han de ser satisfechas por la edificación.
Será un técnico cualificado según la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE) el encargado
de la redacción del proyecto.
3. Seguridad y Salud
Contratar Coordinador del Estudio de Seguridad y Salud (E.S.S.) en la elaboración del
proyecto cuando existan más de un proyectista, en caso contrario será necesario contratar a
un técnico para elaborar el E.S.S.
Este paso es estrictamente necesario para el visado del proyecto de ejecución tanto en los
colegios profesionales como en el Ayuntamiento y otros organismos en casos particulares
(cultura, medio ambiente etc.)
El técnico cualificado en obras de edificación es el Arquitecto Técnico
4. Contratación de la aseguradora
5. Contratación de los OCTïs (Organismo de Control Técnico)
6. Solicitud de licencia/permiso de obras
El promotor/propietario deberá presentar en el Ayuntamiento el proyecto técnico acompañado
del estudio completo o básico de Seguridad y Salud según proceda y la hoja de
nombramiento de dirección técnica (Arquitecto Técnico) mediante instancia correspondiente.
Hay que acompañar el impreso de autoliquidación (No se suele abonar en este acto si no
más tarde).
Tiene 6 meses para empezar a construir.
FASE DE PREPARACIÓN
1. Concesión de la licencia de obras
Una vez concedida la licencia de obras tiene 6 meses para empezar a construir.
2. Contratación de la dirección facultativa de obra
Se compone del director de la obra (Arquitecto) y director de la ejecución material (Arquitecto
Técnico).
3. Contratación del coordinador de Seguridad y Salud
Si es necesario, en caso contrario, asumirá esta funciones la dirección facultativa.
El técnico competente es el Arquitecto Técnico.
Redactará el Estudio de Seguridad y Salud.
4. Contratación del proyecto de ejecución
Es necesario para poder ejecutar o construir el edificio o vivienda.
5. Informe del proyecto de los OCTïs
6. Contratación de la empresa constructora
Es conveniente solicitar ofertas a varias empresas, así como estar asesorado por la Dirección
Facultativa.
7. Plan de Seguridad y Salud redactado por la empresa constructora
Es redactado por la empresa constructora.
Adapta los requerimientos del Estudio de Seguridad y Salud sin menoscabar los niveles de
seguridad del mismo.
FASE DE EJECUCIÓN
1. Aprobación del Plan de Seguridad y Salud
2. Contratación del coordinador de Seguridad y Salud en la ejecución de la obra
3. Presentar Aviso Previo en la Consejería de Trabajo
Cerciorarse de que el constructor ha solicitado la apertura del centro de trabajo en el plazo de
un mes desde la comunicación del aviso previo (es decir, presentación del Plan de Seguridad
y Salud y Acta de Aprobación del mismo).
4. Acta de replanteo e inicio de obras
Es el documento que se redacta mediante reunión de las partes implicadas y que implica el
comienzo de la obras en el solar.
5. Finalización de obra
Será necesaria la redacción de un Certificado de Finalización de la Obra firmado pro el
Arquitecto y el Arquitecto Técnico.
6. Acta de recepción
Es el documento que se redacta mediante reunión de las partes implicadas y que implica el
final de la obras en el solar.
FASE DE LEGALIZACIÓN Y VIDA UTIL
1. Realización del libro del edificio
2. Solicitud de la cédula de habitabilidad
3. Solicitud de 1ª ocupación en el Ayuntamiento
Se realiza mediante instancia en el Ayuntamiento junto a certificado final de obras y proyecto
final de obra si estos existieran y la liquidación de la licencia de obra si procediera.
4. Registro y escrituras
5. Solicitud de alta para servicios públicos
Abastecimiento de agua.
Saneamiento.
Suministro de energía eléctrica.
Suministro de gas.
Instalación de teléfono.
Recogida de basuras.
Correos.
6. Legalización de los proyectos de instalaciones
7. Escritura y registro de obra nueva y división horizontal
8. Escritura y registro de compra-venta
9. Entrega del libro del edificio con el manual de uso y mantenimiento a los propietarios
10. Propietarios
Cumplir lo establecido en el manual de uso y mantenimiento en el transcurso de la vida útil
del edificio.
Documentación del COAAT GRANADA, he querido comenzar con este post, como introducción y recordatorio, del proceso de edificación, ya que no siempre se aporta en la universidad todo lo que se debe de saber al respecto.